15/09/2026
/ La carrera de Traductorado Público en Idioma Inglés manifiesta su preocupación y rechazo ante el anteproyecto que propone derogar el artículo 6º de la Ley 20.305, que regula el ejercicio de la traducción pública en nuestro país.
/ Este artículo establece que los documentos redactados en idioma extranjero que deban presentarse ante organismos públicos, judiciales o administrativos del Estado Nacional deben contar con su correspondiente traducción al idioma nacional, realizada por un traductor público con matrícula vigente.
/ La tarea del traductor público va más allá de traducir: con su firma, sello y matrícula certifica la fidelidad de la traducción y asume la responsabilidad profesional sobre su contenido. Su intervención garantiza la confiabilidad documental y aporta seguridad jurídica a los actos en los que intervienen documentos en lengua extranjera.
/ Desde el Traductorado Público en Idioma Inglés consideramos fundamental preservar este marco normativo y el rol de los profesionales matriculados. Defender la traducción pública es defender la responsabilidad profesional, la confiabilidad documental y la seguridad de los actos jurídicos y administrativos.