11/02/2026
⚖️ SCJN ELIMINA REQUISITO MÍNIMO PARA PENSIÓN POR CONCUBINATO
📍 Ciudad de México
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que es inconstitucional exigir un periodo mínimo de convivencia, como cinco años, para que una persona pueda acceder a una pensión derivada del concubinato.
Con este criterio, la Corte estableció que imponer plazos rígidos para reconocer derechos de seguridad social vulnera los principios de igualdad y no discriminación, al tratar de manera distinta a las familias formadas en unión libre frente a otros modelos familiares.
El máximo tribunal señaló que la protección a las familias no puede condicionarse al tiempo exacto de convivencia, sino al reconocimiento de la relación y, en su caso, a la existencia de dependencia económica o desequilibrio patrimonial tras el fallecimiento de la pareja.
📌 ¿Qué implica esta decisión?
▪️ Se amplía la protección a parejas en concubinato
▪️ Se elimina una barrera que impedía acceder a pensiones
▪️ Se fortalece el derecho a la seguridad social
▪️ Los jueces deberán analizar cada caso concreto sin exigir plazos automáticos
Especialistas consideran que este cambio de criterio representa un avance relevante en derechos familiares, al reconocer la diversidad de formas de convivencia existentes en la sociedad mexicana.