29/06/2020
REGLAMENTO DE NAVAJA CORTANTE DE UNA PULGADA
CAPITULO PRIMERO
ARTÍCULO 1.- La autoridad máxima será el juez de arena, y sus veredictos serán inapelables e irrevocables.
ARTICULO 2.- El juez de asiento es el auxiliar del juez de arena en todo momento y debe de apoyarlo. En este Reglamento se describen sus demás funciones.
ARTICULO 3.- Queda estrictamente prohibido que en el desarrollo de la pelea intervenga cualquier persona que no sea el juez de arena y los soltadores. Solo ellos podrán permanecer dentro del ruedo o anillo durante la pelea.
Cuando fuera necesario el cambio de navaja, solo podrá ingresar el que amarra y sostiene el gallo, previa autorización del juez, una persona por partido.
ARTICULO 4.- El espacio destinado para ruedo o vallin tendrá forma circular, con un diámetro mínimo de 6.50 metros. A partir de su centro, se deben trazar dos cuadrados concéntricos. Las rayas interiores, llamadas “rayas de adentro” tendrán una separación de 65 centímetros internos, y las exteriores, llamadas “rayas de afuera” un mínimo de 2.50 metros.
Circular es el área idónea; sin embargo podrán utilizarse un rectángulo de 4.50 metros cuadrados soltando los gallos en diagonal en las pruebas de abrir, en las “rayas de afuera”, lo que dará un espacio suficiente para el correcto desempeño de la lidia.
ARTICULO 5.- Queda estrictamente prohibido el uso de botanas y navajas imantadas, así como también el uso de navajas estriadas y/o arpón.
ARTÍCULO 6.- El juez debe de medir las navajas, en presencia de amarradores y público en general antes de iniciar la pelea. Posteriormente, que la navaja este firmemente sujeta a la botana, verificar la punta y el filo antes de librar. En caso de no ser así, tiene la obligación de ordenar que se amarre correctamente, para lo cual dará al amarrador del gallo que, a su criterio este armado incorrectamente , un tiempo de dos minutos para realizar la corrección pertinente. En caso de reincidir en esta acción el juez tiene la facultad de suspender a dicho amarrador.
Articulo 7.- Habrá un cambio obligatorio de navaja que podrá realizarse, a los 3 o 5 minutos luego de iniciada la pelea (de acuerdo a lo establecido en la convocatoria o en la junta previa), en las condiciones en que se encuentren ambos gallos. El tiempo para el cambio será de 2 minutos a partir de que el juez de arena lo autorice. Si transcurrido este lapso no se ha terminado de amarrar, el juez cortara el hilo dejando una longitud aproximada de 10 a 15 centímetros para que el amarrador remate su armado inmediatamente. Podrá existir otro cambio, si a criterio del juez la navaja no puede producir daño alguno a su rival, cuidando que esto sea antes de los últimos 3 minutos de combate.
ARTICULO 7ª.- Si, durante la lidia a criterio del juez, se percata de que alguna de las navajas esta visiblemente rota, doblada o despuntada o que el hilo este trozado, debe hacerlo notar al soltador. De igual manera, si el soltador solicita el cambio de navaja o hilo, el juez de arena deberá cerciorarse del estado de los mismos, debe autorizar su cambio, siendo el tiempo para efectuarlo de dos minutos, a partir de que el juez lo autorice y será obligatorio para ambos soltadores. Si transcurrido este lapso, no se ha terminado de amarrar, el juez cortara el hilo, dejando una longitud de 10 a 15 centímetros aprox. Las navajas del cambio no deberán ser mayores a lo establecido en la junta previa y/o en la convocatoria.
ARTICULO 7b.- No se autoriza cambio de botana, sin importar el estado de la misma durante el combate y específicamente en cambios de navaja
ARTICULO 7c.- Queda prohibido mutilar o amputar, las plumas, las patas o cualquier órgano del gallo durante el desempeño de la pelea por el medio que sea (navaja, tijeras o por manipulación).
ARTÍCULO 8.- El juez de arena tiene a su cargo el desarrollo de la pelea
a).- El juez ordena y autoriza cuando sea procedente levantarse al soltador a gane
b).- El juez ordena el cambio de soltador durante la lidia, solo por lesión o estar inhabilitado para seguir soltando. Podrá ordenar el cambio de soltador si considera que este realiza su labor de forma que ponga en riesgo a él mismo o al soltador contrario; y también tendrá la obligación de instruir al soltador que no conozca el Reglamento.
c).- El juez deberá prohibir que personas en estado inconveniente suelten (ebriedad etcétera.)
ARTÍCULO 9.- El juez de arena tendrá a su cargo el desarrollo de la pelea. El juez ordenara o autorizara cuando sea pertinente soltar o levantar, y suspenderá en cualquier momento toda aquella pelea que, a su juicio, sea llevada en forma contraria o distinta a lo que señala el reglamento.
ARTÍCULO 10.- El juez de arena tendrá a su cargo el sorteo de cada una de las rondas, en acuerdo con los representantes de los partidos durante la junta previa, y solo en el caso que se lleve a cabo el sorteo por computadora se apoyara del cortejador.
ARTÍCULO 11.- El juez de asiento se encargara de:
a).- Registrar los datos de cada gallo presentado por los participantes como; color de patas, cresta y color de gallo, durante la ceremonia del peso.
b).- Registrar los resultados de cada pelea, es decir a los ganadores, perdedores, tablas, tiempo de pelea y puntaje.
b).- Verificar el peso y la presentación de los gallos a la vista de los soltadores, representantes o dueños del partido o criadero, y ante el público en general.
c).- Anunciar las peleas, informando acerca del peso de los gallos, el tamaño de la navaja y el nombre de los partidos o criadores contendientes, así como el color con que se jugaran y cualquier observación complementaria que juzgué necesaria.
d).- Ordenar que se despeje el anillo y se careen, libren y amarren los gallos, de manera tal que el público pueda percatarse plenamente de ello.
e).- Llevar los tiempos requeridos durante la pelea, como inicio de combate, segundos de auxilio, segundos de pelea, cambio de navaja y de reposición de gallo.
f).- Una vez que el juez de arena haya emitido su fallo, anunciara el final de cada pelea y la duración en tiempo, mencionando el color y el nombre del partido triunfador.
ARTICULO 12.- Los gallos deberán presentarse, al momento de pesarlos, limpios de la pluma y cabeza. Se rechazaran los gallos que se presenten con tiña, rastros de grasa, medicamentos o cualquier otra sustancia untada en la pluma. En caso de que, el desarrollo de la pelea, algún soltador sea sorprendido administrando cualquier medicamento o sustancia extraña (incluyendo tierra para tratar de taponar las heridas o incluso el uso de tijeras en pleno combate), será suspendido al término de la pelea, un combate o todo el evento.
ARTÍCULO 13.- Los tiempos serán marcados en un reloj visible al público, el cual deberá ser manejado por los jueces de arena y de asiento.
ARTICULO 14.- La duración máxima de cada pelea será de 20 minutos para compromisos, y para torneos será de 15 minutos 12 o 10 minutos según la cantidad de participantes y acuerdos de la convocatoria y/o junta previa, el tiempo inicia cuando cruzan pelea los gallos. El juez de asiento anunciara cuando falten 3 minutos para que finalice el tiempo de pelea, haciendo saber al público y soltadores que ya no habrá cambio de navaja e hilos.
ARTÍCULO 15.- Los jueces de arena y asiento portaran en todo momento los gafetes que los acrediten como tales. Así mismo, el soltador portara una moña (o brazalete) con el color asignado, y su gallo deberá llevar una cinta del mismo color (rojo o verde) sobre puesta al final del armado de la navaja.
CAPITULO SEGUNDO
DE LAS PELEAS
ARTICULO 16.- Las peleas pueden ser de compromiso, por cotejo o pesos fijos, para torneos y compromisos, cuando son pesos continuos en ambos casos deberá iniciarse con los pesos de menor a mayor.
ARTICULO 17.- Los pesos reglamentarios son de 1900 kg a 2.600 kg.
ARTICULO18.- Los gallos que rebasan el peso de 2600 kg en adelante se consideran pesos libres o capotes, y en los torneos de estos no deberá aceptarse un gallo con 100 gramos por debajo de este peso.
ARTÍCULO 19.- La tolerancia de peso será de 60 gramos en cada peso, por encima y por debajo del mismo. Si el sobrepeso es mayor de 60 g. pero no mayor de 100 g, se aceptara la pelea, bajo condición de que el gallo sea amarrado en la pata derecha. No se deberá permitir ninguna pelea cuya diferencia de peso sea mayor. Si un partido o criador presenta más liviano de 60 g por debajo del peso o de mayor peso al estipulado, no siendo posible que se efectué la pelea, para compromisos dispondrá de un máximo de 15 minutos para cambiar o reponer el gallo; de no hacerlo, perderá la pelea.
ARTÍCULO 20.- Cuando los partidos o criadores jueguen las peleas de una sesión o compromiso, si los pesos están escalonados de 100 en 100 gramos, van a presentarlos a pelear en orden creciente de peso, salvo acuerdo entre las partes o los organizadores de la empresa.
ARTICULO 20-A.- Para los torneos de pesos escalonados de orden creciente de peso y en repetidos, el orden será de menor a mayor.
CAPITULO TERCERO
DE LOS GALLOS
ARTÍCULO 21.- Los gallos tuertos o lisiados no podrán participar en peleas de compromiso ni en peleas de torneos, y solo en peleas extraordinarias.
ARTÍCULO 22.- Todos los gallos deben verificar su peso en la báscula, ya sea en la ceremonia del peso para torneos o pelea por pelea para compromisos en presencia de los representantes de partido o criadores y del público en general.
ARTICULO23.- Si un competidor presenta un gallo con anillo cortado voluntaria o involuntariamente por error o descuido el perderá los puntos de esa pelea, sin embargo su gallo puede combatir para que su rival gane los puntos peleando, pero antes se verificara el peso del gallo sin anillo, sino quieren llevar a cabo la pelea el gallo deberá ser sustituido por uno de los partidos eliminados o un gallo que proporcione el comité organizador.
a).- En el caso en el que en un Derby o torneo si un gallo se rehusara a pelear, al librarlo o después de haber sido armado, automáticamente perderá la pelea, sin perjuicio para el público en general y el rival deberá ganarse los puntos en el vallin peleando contra otro gallo de su mismo peso, mismo que podrá ser de los partidos eliminados o un gallo que proporcione el comité organizador, sobre todo en las 2 últimas rondas de un torneo por ser definitorias para una premiación. Este gallo puede ser armado y soltado por un partido que tenga interés en la puntuación y al premio.
ARTÍCULO 24.- Los gallos deberán de presentarse, en todos los casos, completos de pluma, y se rechazaran aquellos que se presenten notoriamente desplumados, con las plumas del pecho o la golilla recortadas o entresacadas. Solo se aceptaran los gallos con el corte de las plumas largas de la cola, la punta de las alas y el desfondado o pluma alrededor de la cloaca.
ARTICULO 25.- El espolón contrario al de la navaja, en corte plano, sin punta y sin filo.
CAPITULO CUARTO
DE LAS NAVAJAS
ARTICULO 26.- Los gallos lidiaran con navaja de una pulgada y pulgada 2 líneas como máximo, medidas permitidas únicamente en la República Mexicana. Deberá dar la escuadra de 90º; esto es, sentados los arillos o patas de la misma en una superficie plana, la línea que baja de la punta a la base de la navaja estará en Angulo recto con el plano de referencia. La navaja podrá ser de uno o dos filos, según acuerden los participantes o de acuerdo con la convocatoria expedida por el o los organizadores
ARTRICULO 27.- Se consideran por lo tanto inaceptables las siguientes navajas:
a).- Si las terminales de los anillos o patas han sido dobladas hacia arriba o si presentan filo o punta.
b).- Las que tengan filos acerrados, estriados o arpón.
ARTÍCULO 28.- Las botanas podrán ser de cualquier material y forma. En los eventos de criadores previo acuerdo, las botanas podrán ser naturales y solo se permitirán las botanas diferentes por acuerdo de organizadores y empresa.
ARTÍCULO 29.- El hilo para el armado o amarre podrá ser de cualquier material, a condición de que el tejido sea delgado y plano, y su longitud no exceda los 3 metros.
ARTICULO 30.- El armado o amarre consiste en sujetar la botana sobre la pata del gallo, y la navaja sobre la botana, la cual se sujetara a dicha pata con vueltas de hilo sobrepuestas, tanto esto como el resto del armado o amarre serán a voluntad del amarrador. Al final, el hilo debe cubrirse con una cinta adhesiva o similar, con el color de la moña (o brazalete) del soltador (rojo o verde).
ARTICULO 31.- Una vez armados los gallos, si uno de los gallos resultara ligado (se entiende por ligado cuando el gallo cojea o se duele de la pata armada, encogiéndola visiblemente), se concederá que el amarrador desarme y vuelva a intentarlo y si continua ligado solo tendrá la opción de jugarlo así o cambiarle la navaja a la pata derecha y así jugara. Si se rehúsa a pelear este gallo se fallara la pelea en contra, sin perjuicio del público asistente. Es decir, antes de soltar los gallos, los talones “entran y salen”.
ARTÍCULO 32.- Cuando los gallos han sido pesados en una ceremonia de peso previa, solo se revisaran las características y el número de registro del ave, y en compromisos se verificara que su peso es el correcto antes del combate, los jueces asignaran a cada soltador la moña (o brazalete) correspondiente, que portara el soltador en lugar visible, tras lo cual se referirán a los gallos por el color asignado. El juez de asiento ordenara a los soltadores “librar” sus gallos, para que el público pueda verlos, procediendo a “probarlos”. Una vez que se ha realizado esto, queda estrictamente prohibido sacar a los gallos del anillo o vallin.
CAPITULO QUINTO
DEL DESARROLLO DE LA PELEA
ARTÍCULO 33.- Una vez que se han examinado, pesado y armado o amarrado los gallos, el juez de arena ordenara que sea despejado el ruedo o vallin, no permitiendo a ningún extraño a que permanezca dentro del mismo y, a la voz de “prueben, abran y libren”, los soltadores caminaran al centro del ruedo viéndose de frente. De la mima manera, presentaran a sus gallos para la “chilla”: cada soltador tendrá derecho a “chillar” o “monear” a su gallo como mejor le convenga, pudiendo reclamar la “mona”, si así lo cree pertinente.
ARTICULO 34.- Una vez que se han “chillado” o “moneado” los gallos y revisado las navajas, los soltadores se retiraran al lado del ruedo que les corresponda. A la voz del juez de asiento de “prueben, abran y libren”, depositaran sus gallos en las “rayas de afuera”, cuidando de asentarlos correctamente sobre sus patas, tan a tiempo como su adversario. Si antes de soltar, el juez verificara que, por cualquiera que fuese la razón, alguna de las navajas no tiene filo o punta, ordenara su cambio. Si el amarrador detectara esta misma situación antes de colocar la navaja en la botana, puede realizar el mismo cambio previa autorización del juez.
ARTICULO 35.- Cuando un soltador suelte prematuramente a su gallo, con alevosía, el otro soltador podrá levantarlo o no soltarlo. En este caso, el juez de arena dará una llamada de atención al infractor o inclusive amonestación para que proceda correctamente, entendiendo que los gallos se deben de soltar de frente a su adversario en las rayas indicadas y al mismo tiempo.
ARTICULO 36.- Si una vez que se han soltado los gallos, estos no acometieran, los soltadores podrán levantar a sus gallos respectivos y “chillarlos” de nueva cuenta, con la posibilidad de soltarlos, según sea el caso, tan cerca como ambas partes convengan, con la anuencia del juez de arena y asiento.
ARTICULO 37.- Si un gallo se rehúsa a pelear al inicio del combate, sin que haya cruzado golpe alguno, se levantaran y probaran los gallos. Si alguno de ellos no pelea, en compromiso el propietario tendrá 15 minutos para reponerlo con otro, quedando de común acuerdo si esperan a que traiga el gallo dentro del vallin el rival armado. De no traer este gallo el partido afectado perderá el combate, salvo que las partes acuerden posponerlas al final de la sesión, solo en compromisos.
Si este mismo caso se da en un torneo, entonces se aplicara el artículo 23.
ARTÍCULO 38.- Si un gallo queda inutilizado durante la “chilla” o “moneada”, o al soltador antes de que cruce golpe alguno, la pelea se pospondrá al último lugar de la sesión; sin embargo, si esto sucede en la última pelea, el dueño del gallo afectado dispondrá de 15 minutos para atender a su gallo o, en su defecto, presentar otro ejemplar con el mismo peso. En caso de que no lo hiciera así, peleara su gallo en las condiciones que este se encuentre, o bien, perderá la pelea sin perjuicio del público, solo aplica para compromisos. En los torneos o derbis se aplica el artículo 24.
ARTÍCULO 39.- Al inicio del combate los gallos deberán soltarse en las “rayas de afuera”, de frente y con los dedos de las patas en la raya, a la orden del juez, en dos ocasiones, excepto cuando un soltador se haya levantado por llamarse a “gane”, en este caso, deberán ser soltados en las “rayas del centro”, con el pico cerrado y horizontal, con la mano extendida perpendicular a la cara del gallo, colocándolos los dedos de sus patas sobre las líneas, sujetándolos de las plumas de los lomos y precisamente uno frente a otro, mirándose de manera directa, es decir de frente a su adversario.
ARTÍCULO 40.- El soltador no podrá avanzar ni caminar alrededor de su gallo, hasta que las aves hayan intercambiado su primer golpe, con la finalidad de arrearlo o perseguirlo para que envista a su rival.
ARTÍCULO 41.- El juez podrá fallar la pelea si el soltador deliberadamente deja el gallo con el pico hacia las lámparas. El pico debe quedar cerrado en forma horizontal, de frente a su adversario, con la mano extendida al frente.
ARTICULO 42.- Cuando los soltadores suelten sus gallos en las “rayas de afuera” podrán emplear ambas manos, pero cuando lo hagan en las “rayas del centro”, solo podrán usar una mano, tomando a su gallos de las plumas del lomo. El soltador que no acate esta disposición y use ambas manos será suspendido o amonestado según el criterio del juez al término de la pelea.
a).- Cuando un soltador libre a su gallo tardíamente y su contrario haya librado a tiempo, la cuenta seguirá únicamente para el gallo que se libró tarde, y se le romperá hasta que pruebe, no importando si el otro gallo da fondo, si así fuera, él puede solamente llamarse a gane.
b).- Cuando un soltador no libra su gallo y el juez empieza el conteo, este perderá el combate ya que no existe cuenta de protección.
ARTICULO 43.- Cuando en el “cuadro”, un gallo posteriormente da fondo, el soltador del otro gallo puede llamarse a “gano”, rompiendo la cuenta que se le lleva a su gallo por no picar, con la posibilidad de hacerlo cuántas veces se repita dicha acción.
ARTÍCULO 44.- Por ningún motivo en las rayas del centro los soltadores pueden retener, aventar o empujar a su gallo, poner la mano al frente o jalarlo hacia atrás. Deberán concretarse a librar correctamente sus gallos, De no acatarse este Artículo, se aplicara lo estipulado en el artículo 42 y se fallara por rebeldía.
ARTÍCULO 45.- La distancia que los soltadores deberán guardar en el combate respecto del espacio donde “luchen” los gallos deberá ser de 2 metros pudiendo acercarse solo para revisar si su navaja se encuentra rota. Si algún soltador o el juez se asegura de que está rota la navaja, previo permiso del juez puede levantar su gallo, en caso de levantar su gallo en falso el juez amonestara al soltador aplicándole castigo a su gallo y acostarlo con el lomo de frente a su rival y no puede levantarse hasta que terminen los 15 o 30 segundos de no combate. Así mismo el soltador será suspendido al término de la pelea, si el juez lo considera necesario y prudente o amonestarlo solamente.
ARTICULO 46.- Cada vez que expire el tiempo fijado por el juez de arena y asiento o se llame “a gane” uno de los soltadores, el juez ordenara levantar y probar los gallos en las “rayas del centro”. Los soltadores deberán colocar los gallos con los dedos de las patas en la raya que les corresponda, sin “ladearlos”, sin “tronconearlos” o “engolillarlos”, y el pico deberá quedar en forma cerrada y horizontal, de frente a su rival (ver artículo 39).
ARTICULO 47.- Cuando el gallo se trabe a sí mismo o con otro objeto que no sea el otro gallo, el soltador debe avisar al juez y asistir a destrabar a su gallo y si lo cree necesario pedirá ayuda al juez de arena, vigilando en todo momento que el gallo rival ya este sujetado por su soltador. Cuando un gallo se trabe con el otro, el juez de arena ordenara que ambos soltadores sujeten con precaución su gallo y que el destrabarlos se realice entre los soltadores y la ayuda del juez, lo cual deberán hacer sin jalar, empujar o realizar algún movimiento brusco (con o sin su gallo) que pueda perjudicar al otro.
ARTICULO 48.- Cuando los gallos estén caídos uno junto al otro, y la navaja de un gallo, o de los dos, este oculta siendo imposible ver si los gallos están trabados; el juez, sin levantar los gallos, se cerciorará de ello, tras lo cual procederá como se indica en el artículo 47.
ARTÍCULO 49.- El soltador no podrá levantar su gallo, salvo en los casos señalados en este Reglamento. Si lo levanta con el propósito deliberado de cortar el desarrollo de la pelea, será castigado por el juez de arena con una suspensión que será determinada a criterio del juez, pudiendo ser la noche o la fiesta completa.
ARTICULO 50.- Un gallo ciego, tuerto o golpeado de la cabeza (a causa del desarrollo de la pelea) se soltara en las pruebas en las “rayas de adentro” exactamente igual que uno normal, es decir, con el pico cerrado y de frente hacia su rival, para que después de esto, si el gallo levanta el pico mueve la cabeza involuntariamente, no se le falla por rebeldía la pelea.
ARTICULO 51.- Los soltadores podrán limpiar la navaja, quitar la sangre, la suciedad o las plumas del pico o de la cabeza del gallo, cada vez que lo levanten durante el tiempo de auxilio.
ARTICULO 52.- No está permitido a los soltadores palmotear, cloquear o hacer algún otro ruido extraño movimiento para atraerla atención del gallo, so pena de ser castigados de acuerdo con lo señalado en el artículo 67.
ARTICULO 53.- Si durante el desarrollo del combate uno de los gallos sufre la amputación de la pata armada, su soltador tiene el derecho a armarlo en la otra pata (entiéndase por amputar, cuando la pata se encuentra separada del resto del cuerpo). El tiempo para cambiar la navaja será de dos minutos a partir de que el juez lo autorice.
CAPITULO SEXTO
DE LOS TIEMPOS Y FALLOS
ARTICULO 54.- Cuando los gallos dejen de pelear, el juez de arena ordenara al juez de asiento que “ponga” 30 O 15 segundos según sea el caso. Cumplido este lapso, mandara que levanten los gallos, ordenando al juez de asiento que “ponga” 15 segundos, durante los cuales los soltadores podrán asistir, quitar las plumas rotas, limpiar la cabeza, pico, navaja y patas de su respectivo gallo, antes de reanudar la pelea.
a).- Se entiende por probar cuando un gallo abre golilla, pica, sujeta, caza, pega o persigue a su adversario.
b).- Si, en las “rayas del centro”, cuando el juez inicia la cuenta un gallo br**ca con movimientos descoordinados de muerte, el juez podrá dar el fallo de la pelea automáticamente.
c).- Si en las “rayas del centro”, un soltador no libra a tiempo y empieza el conteo, entonces se le fallara la pelea por rebeldía.
d).- Si en las ¡rayas den centro”, al indicar el juez a los soltadores que “libren” sus gallos, cuando un soltador libre a su gallo tarde y su contrario haya librado a tiempo, la cuenta seguirá únicamente para el gallo librado tarde.
d).- Para llamarse a “gano”, es necesario que la golilla del gallo contrario este completamente libre, es decir sin ser pisada, ni estar recargado el gallo supuestamente ganador en su contrario.
ARTICULO 55.- Solamente el juez de arena podrá ordenar la suspensión de los tiempos que estén “corriendo”, cuando alguno de los soltadores se llame a “gano”, o cuando uno o los dos gallos reanuden la pelea. En el primer caso, el juez de arena ordenara que se “ponga” 15 segundos, y al término de ese lapso, reanudara la pelea. En el segundo caso, solo se romperá la cuenta.
ARTÍCULO 56.- El juez declara perdido a un gallo cuando:
a).- “De fondo”: se entiende por dar fondo cuando un gallo posa el pico fijo en el suelo antes de la cuenta de diez segundos, a partir de haber sido soltados los animales. Picar y levantar la cabeza no podrá ser motivo, por sí solo, para fallar la pelea, pues el pico del gallo deberá permanecer en el suelo y si en ese momento al juez le da tiempo suficiente para fallar el combate, así será.
b).-Cuando un gallo abandone dos veces consecutivas el combate, dando muestras claras de huido, se le fallara la pelea en su contra.
c).- Pasado el tiempo de auxilio (15 segundos), alguno de los soltadores se niegue a probar su gallo y no lo entregue para que el juez pruebe, en cuyo caso perderá automáticamente la pelea y se le aplicara una sanción, incluso prohibirle seguir soltando durante el evento en turno.
ARTÍCULO 57.- El gallo mu**to le gana al gallo huido. Cuando un gallo no esté en condición de presentar pelea, el juez de arena, a petición del soltador, determinara claramente si el gallo rival está huido, para lo cual ordenara traer la “mona”, con la cual probara si el gallo cuestionado está huido o no.
a).- La petición de la mona procede cuando, durante la lidia, el gallo da muestras claras de huido. De no ser así, la petición no procederá. El juez, como máxima autoridad, puede solicitar “la mona” para verificar si uno de los gallos está huido, para mayor seguridad del público; y el juez podrá dar su fallo si comprueba que efectivamente, el gallo está huido. Si el juez por su propio criterio pide “la mona” y el gallo prueba, la pelea continuara de igual manera que en la anterior prueba.
ARTÍCULO 58.- El juez de arena declara que una pelea a concluido “tablas” cuando:
a).- Se termine el límite de 15 o 20 minutos (o el tiempo que se haya determinado previamente), estando ambos gallos de pie o echados, siempre y cuando ninguno se encuentre en prueba de huido.
b).- Cuando ambos gallos den fondo simultáneamente.
c).- Cuando uno de fondo y el otro se encuentre con movimientos descoordinados de muerte.
c).- Cuando ambos gallos huyan, la pelea será declarada tablas para el público; sin embargo, no deberá asignarse ningún punto a los partidos, ya que se considera como “pelea nula”.
d).- Cuando el juez inicie la cuenta y ningún soltador libre su gallo, en ese caso, la pelea será tablas, por rebeldía de los soltadores, sin embargo, si uno o los dos gallos están en condiciones de continuar la pelea, y los soltadores buscan las tablas deliberadamente para lograr un beneficio para sí mismo o para cualquiera de los participantes, será declarada como “pelea nula” sin la ganancia de puntos.
e).- Cuando ambos gallos están siendo quebrados por los mismos soltadores y a la vista del público están mu**tos, la pelea es tablas. De igual manera a criterio del juez cuando los gallos estén mu**tos declarara la pelea tablas automáticamente.
f).- si durante una pelea fallara el suministro de luz y no existiese planta eléctrica de respaldo en el recinto, el tiempo de combate continuara. Si el tiempo termina y la luz no hubiese regresado, la pelea se declarara tablas, en cualesquiera condiciones en que se encuentren los gallos. En caso de que los organizadores confirmen la existencia de planta eléctrica de respaldo en el recinto, el tiempo de combate se detendrá hasta que esta arranque y la luz se restablezca, siempre y cuando este tiempo no exceda los 2 minutos.
CAPITULO SEPTIMO
DE LOS SOLTADORES
ARTÍCULO 59.- El armado o amarre consistirá en sujetar la navaja sobre la botana y está sobre la pata del gallo. La botana se sujetara con vueltas de hilo sobrepuestas. Al final del amarre o sujeción, el hilo deberá cubrirse con cinta adhesiva o plástica, del color de la moña del soltador, ya sea roja o verde.
ARTÍCULO 60.- En todo momento, el soltador y el gallo deberán estar a plena vista del público y del juez de arena; el soltador deberá tener en lugar visible la moña que le haya sido asignada, y cumplirá debidamente las siguientes obligaciones:
1).- Presentar al juez de arena la navaja, en el tamaño estipulado, para que la revise y mida en presencia de su contrario, cerciorándose de que las características de la navaja presentada por su contrario coincidan plenamente con las de la navaja propia, así como de presentar una navaja de repuesto igual.
2).- armar o amarrar bien sujeta a la botana la pata del gallo la navaja previamente aprobada por el juez de arena, así mismo cuidara que al colocar la cubierta, esta no cause daño a la navaja y además que quede en la máxima condición de seguridad.
3).- Durante el desarrollo de la pelea, contara siempre con dos minutos para amarrar o sujetar la navaja a partir de que el juez autorice el cambio de navaja (e hilo si es necesario) en las condiciones que se encuentren los gallos.
4).- Comprarse con la debida rectitud y respeto durante el desarrollo de la pelea, lo mismo con el soltador contrario, que con el juez de arena; Para un soltador considerado “impertinente “se solicitara su expulsión del evento. Si organizadores y jueces consideran necesario para garantizar el desarrollo del evento, puede solicitarse su desalojo del recinto.
5).- Estar atento de la navaja de su gallo, antes y durante el desarrollo de la pelea; en caso de navaja autorizado por el juez de arena, deberá entregarla al juez de asiento, para que cualquier representante de los partidos que lo solicite, pueda revisarla.
6).- Mantenerse a una distancia de 2 metros de los gallos que estén peleando, con el fin de evitar su interferencia en el desarrollo de la pelea.
ARTÍCULO 61.- Los soltadores tienen el derecho y la obligación de verificar el peso del gallo contrario en compromisos, así como la navaja que usara el rival, de acuerdo con lo que especifica el artículo 62.
ARTÍCULO 62.- Los soltadores tienen el derecho de levantar su gallo por los siguientes motivos:
a).- Se traben solos o con el gallo contrario
b).- Por ruptura de hilos (articulo7)
c).- Por ruptura de navaja (artículo 7)
d).- Por “llamarse a gano”.
ARTÍCULO 63.- Los soltadores deberán brindar a su respectivo gallo toda la ayuda legítima posible, con el fin de contribuir a que gane la pelea. De no hacerlo así, será acreedor a una amonestación suspensión de acuerdo al criterio del juez.
CAPITULO OCTAVO
DE LAS SANCIONES
ARTÍCULO 64.- Con base en lo dispuesto en este Reglamento, el juez de arena, investido de plena autoridad, queda facultado para aplicar a quienes, según su criterio, violen alguna de las reglas aquí establecidas, además de los ya especificados, los siguientes castigos:
a).- La pérdida legal de la pelea.
b).- El cese temporal o definitivo de las funciones de quien actué como soltador.
c).- El representante de cada criador, club, peña o partido será responsable de la conducta de su soltador; y, en bien del prestigio de la fiesta, deberá responsabilizarse de su correcta elección, instándolo a que se conduzca con la honradez debida.
El representante de cada criador, club, peña o partido deberá aceptar sin protestas el castigo que se imponga al soltador, y en ningún caso podrá poner como pretexto su inconformidad con el castigo para abandonar el compromiso. Queda claramente establecido que si el castigo impuesto a su soltador es la suspensión, se deberá remplazarlo al soltador con otro.
CAPITULO NOVENO
GENERALIDADES
ARTÍCULO 65.- El o los organizadores, o la empresa, tienen las siguientes obligaciones:
*Proveer navajas, en caso de qué alguno de los contendientes no presente las estipuladas.
*Facilitar un gallo, conocido como mona que servirá para las pruebas del gallo huido, principalmente; chillar o topar los gallos.
*Mantener una vasija con agua fresca y limpia dentro del ruedo o vallin, para uso exclusivo de los soltadores, así como toallas de tela o papel desechables.
*Disponer de espacios adecuados para los criadores, clubs, peñas o partidos guarden sus gallos dentro del recinto donde se verificara el evento.
*Contar con moñas para identificar a los soltadores, así como de cintas plásticas de colores diferentes (rojo y verde) para cubrir los hilos de amarre.
*Disponer de gafetes de identificación, tanto para los jueces como para las personas encargadas de la seguridad y el orden.
*Colocar en un lugar visible este Reglamento y proporcionar una copia a los criadores, clubs, peñas o partidos participantes.
*Las empresas deberán tener en reserva una corrida de gallos de la misma calidad que muestren los partidos contendientes.
*Contar con un botiquín de primeros auxilios.
*Disponer de vigilancia privada o seguridad pública para salvaguardar la seguridad de los asistentes.
ARTÍCULO 66.- Por ningún motivo podrán ser sacados los gallos registrados del recinto donde se verifique el evento, con el fin de garantizar el compromiso ante el público asistente y autoridades correspondientes.
ARTÍCULO 67.- Cualquier situación o incidente suscitado durante la pelea que no esté previsto en el presente Reglamento, será resuelto de acuerdo con el criterio del juez de arena responsable y su equipo de jueces.