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05/09/2018
05/09/2018

INICITIVA IEPS.
Que reforma los artículos 2o. y 2o.-A de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, suscrita por los integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

Las y los Diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, párrafo 1°, fracción I, 77, párrafo 1° y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que busca ELIMINA TOTALMENTE las tasas del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios aplicado a gasolinas, al tenor de la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La presente iniciativa es una respuesta a una de las necesidades más apremiantes de la sociedad mexicana, ya que pretende revertir los efectos perjudiciales que la reforma fiscal que se aprobó a finales del 2013 generó a distintos sectores.

Para el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, sin duda representa una de las principales prioridades y, de hecho, a lo largo de los últimos años se ha insistido en la necesidad de corregir los errores y el daño que se causa a las y los mexicanos.

Así establecido, es preciso subrayar que en Acción Nacional hemos presentado varias iniciativas que buscan subsanar los efectos de los “gasolinazos” impuesto por el gobierno de Enrique Peña Nieto.

Tan importante es para nosotros este tema que incluso forma parte de la gran estrategia nacional que emprendimos en todo el país, bajo el esquema de las “24 Acciones para Fortalecer la Economía” que fue uno de los principales temas de la agenda legislativa del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXIII Legislatura.

Es oportuno señalar que evidentemente esta propuesta incomodó de manera reiterada al gobierno priista encabezado por Peña Nieto, y en todas las oportunidades que tuvieron desecharon nuestras iniciativas presentadas en la materia, con el pretexto del supuesto impacto fiscal que conlleva.

Al respecto y en descargo de nuestro Grupo Parlamentario, dejamos constancia de que nuestro proyecto de reforma no se analizó de manera seria, responsable y a profundidad. Por el contrario, se sumó y se diluyó constantemente al análisis del Paquete Económico de cada ejercicio fiscal y se desechó por no contribuir a los intereses tanto de la Federación como de las leyes de ingresos que fueron aprobadas a partir de 2014.

Estas son las motivaciones que impulsan a nuestro Grupo Parlamentario para presentar esta iniciativa de Ley. Acción Nacional tiene el firme compromiso de apoyar a las familias mexicanas en su economía, y este tema no es la excepción.

Desde que se aprobó el denominado “gasolinazo”, y como Acción Nacional lo ha hecho, se presenta una vez más el tema de la reducción del IEPS en las gasolinas con el objetivo de que en el próximo paquete económico sea revisado por la Comisión correspondiente y podamos revertir en el corto y mediano plazo, los efectos negativos que en la economía son evidentes y que se reflejan en el incremento en la inflación y la disminución del salario real de los trabajadores mexicanos.

Esperamos coherencia y altura de miras en la nueva administración que encabezará Andrés Manuel López Obrador, así como en el grupo parlamentario que representa sus intereses en el Congreso de la Unión. Esa voluntad política es indispensable para revertir los efectos tóxicos de los gasolinazos impuestos por Peña Nieto.

Por el bien de México estamos ciertos de que habrá consensos y podremos aprobar esta iniciativa, de no hacerlo así, sólo denotaría incongruencia y señales equivocadas del nuevo Gobierno respecto de su interés por velar por los intereses del pueblo.

De tal forma, retomamos los argumentos actualizados de la exposición de motivos y que, evidentemente, siguen siendo vigentes dada la realidad económica que vive la sociedad mexicana.

El hasta ahora presidente Enrique Peña Nieto, se comprometió entre otras cosas, a acabar con los denominados gasolinazos bajo el argumento de que la economía tendría su base en las reformas estructurales, mismas que darían estabilidad a la economía y a las finanzas públicas de nuestro país.

A falta de pocos meses para que termine su gestión, los resultados distan mucho de lo prometido. Nuestra economía no muestra síntomas de consolidación, y tenemos unas finanzas públicas basadas únicamente en la contratación de deuda y en una recaudación fiscal que grava a los mismos contribuyentes de siempre. En suma, el manejo de las finanzas públicas ha restringido las grandes inversiones que deberían impulsar el desarrollo económico de México.

Los resultados de los indicadores económicos de mayor relevancia, así lo revelan. A pesar de que el país ya cuenta con las reformas estructurales que el Congreso de la Unión aprobó, con la participación sustantiva de Acción Nacional, como parte del compromiso que hicimos con la sociedad, como la reforma energética, la reforma de telecomunicaciones y la reforma hacendaria, tenemos una economía altamente expuesta a los vaivenes de la economía internacional.

México crece con dificultades por arriba del 2 por ciento; la deuda neta casi alcanza el 50 por ciento como proporción del Producto Interno Bruto (PIB); tenemos una moneda devaluada en 70 por ciento desde que dio inicio la actual administración y que ha impactado en el costo financiero de la deuda; hay una menor plataforma de producción de petróleo, acompañada de la caída de su precio; menor inversión; y como resultado de todo lo demás, 2 millones más de mexicanas y mexicanos pobres de 2012 a la actualidad.

Esta deficiente administración caracterizada por la opacidad, el dispendio, mal manejo de las finanzas y de la economía en general, ocasionó la escasez de recursos públicos1 para invertir en proyectos que verdaderamente generen desarrollo, lo que al mismo tiempo incentivó a que de forma recurrente el Gobierno Federal tenga que hacer uso de diversas argucias políticas para hacerse llegar de recursos presupuestarios ante la incapacidad de “hacer buen gobierno”.

Algunos ejemplos claros son:

• Presentar en cada Paquete Económico reformas a diversas leyes fiscales para gravar en mayor medida a los contribuyentes cautivos sin necesidad de hacer esfuerzos por ampliar la base gravable o establecer mecanismos fiscales que apoyen al sector productivo e;

• Interpretar a conveniencia las leyes fiscales para gravar productos que antes no pagaban impuestos. Los casos más representativos son el IVA a alimentos empaquetados aplicado en 2015, el reciente anuncio de publicación de la resolución miscelánea que gravara a productos lácteos con contenidos de azúcar y por último y el más grave quizás, el anuncio del incremento en el precio de las gasolinas haciendo caso omiso al planteamiento de liberalización de precios por región y de manera parcial en tanto nuestro mercado asimilara tal cambio en la política de precios.

En el tema específico del incremento constante del precio de las gasolinas, a todas luces resulta un contrasentido, pues lo que el gobierno priista criticó de las administraciones que le antecedieron, resultó ser su bandera más emblemática en contra de la economía de las familias.

Es cierto que el desliz del precio de la gasolina se ha aplicado desde el último gobierno panista, pero eran ajustes fiscales necesarios y representaban pocos centavos, era un ajuste controlado y venía precedido de un fuerte subsidios a las gasolinas en años previos, prueba de ello es que el IEPS por este concepto fue negativo en los primeros años del gobierno de Felipe Calderón.

Situación que es totalmente distinta en el Gobierno de Peña Nieto, toda vez que se aplica de forma mensual, pero se realizó de manera desmesurada a grado tal que dañó gravemente a la economía del país y el bolsillo de muchos mexicanos.2

Es importante señalar que, desde finales de 2012, el precio promedio del petróleo, ha mantenido una racha a la baja hasta 2018, que resulta en una disminución promedio de 54 por ciento, lo cual desafortunadamente no se ha reflejado en la baja de precio de los combustibles y mucho menos en el bolsillo de los mexicanos mediante el comportamiento de la inflación. Este fenómeno contraviene la justificación inicial del gobierno actual respecto al incremento de las gasolinas por el alto precio internacional del petróleo.

Por el contrario, desde que el gobierno de Peña Nieto asumió el poder, al consumidor de gasolina le ha impactado de manera negativa, al incrementar los precios hasta en un 77% respecto al final del sexenio anterior.

Por ejemplo, mientras que el precio promedio de la gasolina magna era de 10.92 pesos por litro en el 2012, al inicio de este sexenio, hoy se vende en un promedio de 19.09 a nivel nacional (74 por ciento tan sólo para ese tipo de combustible).

Por si fuera poco, el salario real de los trabajadores disminuyó con el incremento en el precio de las gasolinas, lo que impactó en la capacidad de compra y consumo.

Fue tal la irresponsabilidad en el manejo de las finanzas públicas del gobierno que está próximo a salir que, los ingresos generados por la reforma fiscal resultaron insuficientes para el nivel de gasto superfluo que tenían. Este hecho provocó que recurrieran al mecanismo lesivo de recaudar recursos a través del incremento del precio de las gasolinas.

En el contexto de una mayor recaudación sin beneficios de inversión para la sociedad, en 2015 se reformó la ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios para establecer por primera vez una cuota específica a los precios de los combustibles, pero con el propósito de evitar los incrementos indiscriminados a los precios de las gasolinas por parte del Gobierno Federal.

En el Congreso de la Unión se estableció una banda con valores mínimos y máximos que contuviera la tendencia alcista y evitar daños mayores a las familias.

Bajo la justificación de “lo ideal” de la reforma antes señalada, a inicios de 2015 se actualizaron los precios de las gasolinas. Fue el propio Gobierno Federal quien, en diversos medios de comunicación, argumentó que los gasolinazos llegarían a su fin. Nada más alejado de la realidad que vivimos los mexicanos pues a principios de 2016 una vez más se dio un incremento en el precio que se sostendrá con toda seguridad hasta el próximo año, como incluso ya está siendo reconocido y manifestado por el propio gobierno electo de Andrés Manuel López Obrador.

Con el desmesurado aumento en el precio de los combustibles, no se hizo esperar el incremento en la inflación, producto de la escalada de precios de muchos productos que integran la canasta básica y que resultan parte vital para la subsistencia de muchas familias.

De acuerdo con la calculadora de inflación del INEGI3 de enero de 2013 a julio de 2018, la inflación se ha incrementado 23.5 por ciento al pasar de un índice de 3.97 a 4.81,4 superior a la tasa objetivo del 3 por ciento que se planteó en todo el sexenio de Enrique Peña Nieto.

En este contexto, con el presente proyecto de iniciativa queremos dejar constancia de que Acción Nacional busca mitigar los efectos lesivos de tales decisiones, y reiteramos el llamado a las nuevas autoridades y a la nueva composición de esta Cámara de Diputados, a sumarse a este esfuerzo encaminado a resarcir el grave daño ocasionado por el gobierno saliente a la sociedad mexicana.

Llegó la hora de saber si las prioridades del nuevo gobierno en verdad se centran en el pueblo de México.

Es así que por medio del presente proyecto de iniciativa, buscamos eliminar totalmente las tasas del IEPS aplicable a las gasolinas y con ello frenar la escalada de incrementos en los precios que se ha venido presentando en esta administración y que impacta de una manera totalmente injusta el bolsillo de las y los mexicanos.

Por décadas el precio de la gasolina y diésel había sido determinado por el Gobierno Federal bajo esquemas no competitivos y ajenos al mercado, es hora de corregir el esquema fiscal y hacerlo eficiente y justo, anteponiendo siempre el bien común.

De tal suerte que la liberalización del precio de la gasolina bajo el esquema vigente, no refleja las condiciones del mercado actual y es necesaria una reforma porque la carga impositiva que tiene su venta, es realmente alta (35 por ciento) lo que en comparación con otros países nos hace poco competitivos, pero más allá de eso, insistimos en que, de no hacerse, continuará afectando a la cadena de variables que integran nuestra economía, principalmente, el de los precios de distintos productos.

En suma, el presente proyecto de iniciativa busca eliminar la distorsión económica que existe en el mercado por tener un precio elevado de la gasolina debido a la carga impositiva tan alta que insistimos, encarece el precio de nuestros combustibles.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, me sirvo someter a consideración del pleno de esta soberanía, la siguiente iniciativa con:

PROYECTO DE DECRETO

ÚNICO.- Se deroga del artículo 2, el inciso D) fracción I y se eliminan los numerales 3 y 5 del inciso H y se recorren los demás en sus términos; se deroga el artículo 2-A todos ellos de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, para quedar como sigue:

Artículo 2o.- Al valor de los actos o actividades que a continuación se señalan, se aplicarán las tasas y cuotas siguientes:

I. …

A) a C) …

D) (Se deroga)

E) a G) …





I) …

II. a III. ……

Artículo 2o.-A.- (Se deroga)

TRANSITORIOS

PRIMERO. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

SEGUNDO. Una vez publicado el Decreto en el Diario Oficial de la Federación, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público dejará de aplicar cuotas complementarias al precio de los combustibles.

Dado en el Salón de Sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 4 días del mes de septiembre de 2018.

Notas

1 Durante el gobierno del presidente Peña Nieto se dieron varios “ajustes presupuestarios” en diferentes dependencias federales que dieron pie a la cancelación de muchos proyectos de inversión.

2 El gobierno federal no quiso reconocer su error, pero se puede interpretar su reconocimiento si se asume que el subsidio a las gasolinas en ciertas regiones del país fue un mecanismo para contener precios e inflación en el corto y mediano plazo.

3 http://www.inegi.org.mx/sistemas/indiceprecios/CalculadoraInflacion.asp x

4 Cortes anuales a diciembre para el caso de 2013 y a julio para el caso de 2018.

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de septiembre de 2018.

Diputadas y diputados de Grupo Parlamentario del PAN. (Rúbrica)

05/09/2018

Que reforma los artículos 1o. de la Ley del Impuesto sobre la Renta y 2o. de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, a cargo del diputado Armando Reyes Ledesma, del Grupo Parlamentario del PT

El que suscribe, Armando Reyes Ledesma, diputado federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo en la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 6, párrafo 1, fracción I, y 77 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 1, fracción I, de la Ley del Impuesto sobre la Renta y se adiciona el artículo 2o. a la Ley del Impuesto al Valor Agregado, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La frontera norte de nuestro país comparte un espacio geográfico distinto al resto del país, debido a su naturaleza limítrofe con el país del norte.

Es de sobra conocido que las zonas fronterizas compartidas entre México y los estados vecinos de Estados Unidos de América, implican una gestión política y administrativa que implica una serie muy amplia de temas, que van desde lo económico, social, ambiental y cultural.

Los estados fronterizos en el norte de nuestro país son Baja California, Sonora, Coahuila, Chihuahua, Nuevo León y Tamaulipas.

Y desde 1939 por Decreto del Presidente Lázaro Cárdenas Del Rio, también se incluyó, primero como zona libre y posteriormente como zona fronteriza al estado de Baja California Sur.

En la frontera norte de México se experimentan relaciones dinámicas por ser polos de atracción para migrantes nacionales, del sur del continente y de Centroamérica, por lo que en dicha región es en donde parte de estos extranjeros y connacionales migrantes, transitan en su búsqueda por una mejor calidad de vida hacia el vecino país y en muchas ocasiones, se establecen en las zonas fronterizas de México, generando con ello una mayor demanda de empleos, vivienda y servicios básicos.

Esta circunstancia, acelera los procesos de urbanización y propicia un alto crecimiento poblacional a causa de la inmigración y como resultado de los flujos migratorios se provoca una mayor demanda de servicios.

Dicha situación, implica retos dentro de la política pública y presupuestal para poder atender dichos aspectos que se traducen como asuntos urgentes para la frontera norte de nuestro país.

En nuestro país ha quedado establecido que es una obligación de todos los mexicanos, contribuir para los gastos públicos, tanto de la Federación, como de los estados, de la Ciudad de México y del municipio en que residan, dicha contribución tendrá que ser de la forma proporcional y equitativa que dispongan las leyes, de conformidad con lo establecido en el artículo 31, fracción IV, de La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Por su parte, la Ley del Impuesto sobre la Renta establece en su artículo 1, fracción I, que las personas físicas y morales residentes en México están obligadas al pago del impuesto sobre la renta respecto de todos sus ingresos, a excepción de establecido en el artículo 93.

Es también un derecho constitucional que a ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos.

El ejercicio de esta libertad sólo podrá vedarse por determinación judicial, cuando se ataquen los derechos de tercero, o por resolución gubernativa, dictada en los términos que marque la ley, cuando se ofendan los derechos de la sociedad.

Es determinante por derecho que nadie puede ser privado del producto de su trabajo, sino por resolución judicial, según lo dispuesto por el artículo 5º Constitucional.

Por otra parte, el papel protector del estado a sus ciudadanos debe establecer como una norma que toda reforma fiscal tiene que estar orientada a ampliar la base de contribuyentes, a reducir la evasión fiscal y a no obstaculizar el crecimiento y desarrollo de las empresas, ni menguar las retribuciones de los trabajadores, sino a establecer una base contributiva acorde a las utilidades, ingresos y circunstancias económicas regionales, en donde se realizan las labores, empresas y jornales laborales, para evitar que la uniformidad de criterios en todas las regiones de la nación, puedan ocasionar que las inversiones en la frontera norte puedan fugarse a otros lugares con la finalidad de obtener mayores ventajas competitivas o comerciales.

En este sentido, es de reconocerse que la franja fronteriza del Norte de México mantiene una dinámica económica distinta al resto del país, derivado de su ubicación geografía, la competencia directa con estados del sur de los Estados Unidos de América y que por tanto se ha ocasionado una dependencia del dólar como moneda americana, la cual es usada en esa región como valor de intercambio.

Por lo tanto, es necesario reconocer a la luz de las condiciones actuales, que el actual sistema impositivo perjudica el desarrollo de las actividades económicas de la zona norte del país, principalmente en materia comercial, industrial, de construcción, y del sector primario, lo que hace un cambio para lograr el impulso de la competitividad económica, el desarrollo y el bienestar de los habitantes de la franja fronteriza y de la región fronteriza del norte de México.

Es importante señalar que en la actualidad se entiende por:

I. Franja fronteriza norte, al territorio comprendido entre la línea divisoria internacional del norte del país y la línea paralela a una distancia de 20 kilómetros hacia el interior del país en el tramo comprendido entre el límite de la región parcial del Estado de Sonora y el Golfo de México, así como el municipio fronterizo de Cananea, Sonora.

II. Región fronteriza del Norte de México, a los Estados de Baja California, Baja California Sur, y la región parcial de Sonora;

III. Región parcial del estado de Sonora, a la zona comprendida en los siguientes límites: al norte, la línea divisoria internacional desde el cauce actual del Río Colorado hasta el punto situado en esa línea a 10 kilómetros al oeste de Sonoíta, de ese punto, una línea recta hasta llegar a la costa a un punto situado a 10 kilómetros al este de Puerto Peñasco; de allí, siguiendo el cauce de ese río, hacia el norte hasta encontrar la línea divisoria internacional.

Es importante apuntar que, en los estados del sur de los Estados Unidos de América, los impuestos al consumo rondan las tasas del 6 al 8%, mientras que en la franja y región fronteriza de México el impuesto al consumo es del 16% lo que desincentiva las actividades comerciales y productivas de la región.

Es por ello que este proyecto de Decreto promueve que este Congreso de la Unión, promueva mediante decreto que se incluya a la franja y región fronteriza del norte de México en una reducción del IVA al 8% y del ISR a 20% con la intención de coadyuvar al desarrollo social, productivo, comercial e industrial, de la región norte del país.

Toda vez que los empresarios y trabajadores de esta región del país, requieren de incentivos fiscales, y por tal motivo la presente iniciativa propone que la franja y región fronteriza tengan el cobro del Impuesto al Valor agregado y del impuesto sobre la Renta de un 8 y un 20 por ciento respectivamente.

Es importante recordar que el establecimiento de zonas diferenciadas en la aplicación del impuesto al valor agregado, tiene su antecedente se en el decreto publicado el 29 de diciembre de 1978; en dicho decreto se incluía una franja fronteriza de 20 kilómetros paralela a la línea divisoria internacional del norte del país, y en las zonas libres de Baja California, norte de Sonora y de Baja California Sur.

Posteriormente se publicó el 21 de noviembre de 1991, en el Diario Oficial de la Federación, la desaparición del tratamiento diferencial que existe para las franjas fronterizas y zonas libres del país, derogándose el Artículo 2o de la Ley del Impuesto al Valor Agregado homologándose la tasa de dicho impuesto en todo el país.

Y en el año de 1995, el gobierno federal, dispuso como medida para reactivar el consumo de la producción nacional en las zonas fronterizas, retornar a un tratamiento diferenciado de tasas en el impuesto al valor agregado, demarcando esta zona “además de la franja fronteriza de 20 kilómetros paralela a las líneas divisorias internacionales del norte y sur del país, todo el territorio de los estados de Baja California, Baja California Sur y Quintana Roo, el municipio de Cananea, Sonora, así como la región parcial del estado de Sonora” estableciéndose ya una simetría en el tratamiento al incluirse ambas fronteras en el Artículo 2o de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

En la última modificación sufrida a este mencionado artículo, se incluye dentro de esta zona de tasa diferenciada al municipio de Caborca, disposición publicada en 30 de diciembre de 2002.

Esta tasa reducida la fundo la autoridad hacendaria nacional, con base a la necesidad de contar con tasas competitivas frente a las entidades vecinas de los Estados Unidos de América, donde los impuestos al consumo rondan tasas del 6 al 8%, de ahí la necesidad de que nuestros connacionales habitantes de las regiones fronterizas colindantes con dicho país, tuvieran una tasa menor de este impuesto.

Por otra parte, es importante destacar que el Artículo 31 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su fracción IV, propone la participación proporcional y equitativa para contribuir en los gastos públicos.

En este sentido es vigente el principio de proporcionalidad en materia tributaria estriba en que las contribuciones deberán de respetar la capacidad contributiva de los sujetos pasivos de las contribuciones, teniendo en todo momento congruencia la base del tributo con la capacidad de pago de quien lo enfrenta.

Por otro lado, el principio de equidad, establece que las contribuciones traten de manera igualitaria a todos aquellos que la enfrentan, no sólo en cuanto a la imposición de éste, sino incluso en prerrogativas de pago, exenciones, deducciones y franquicias fiscales.

Es por ello, que esta propuesta legislativa busca principios de proporcionalidad y justicia a partir de un esquema de principios tributarios diferenciado para los municipios fronterizos.

En estos momentos, es fundamental que las políticas económicas de la autoridad federal, promuevan que la actividad económica del país se sustente con base a resultados macroeconómicos, pero en los hechos dichos beneficios no han llegado a los sectores medios y bajos.

Y, por el contrario, se han reducido la capacidad de compra y el poder adquisitivo mientras que los empresarios ven incrementados sus costos por la elevada tasa del ISR y del IVA situación que se agrava en la región de la frontera norte de México.

Ante esto es urgente implementar medidas fiscales tendientes a apoyar al sector productivo, y particularmente a los trabajadores que viven en la zona norte de nuestro país.

Es por todo lo antes expuesto que someto a la consideración de esta Honorable Asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 1, fracción I, de la Ley del Impuesto sobre la Renta y se adiciona el artículo 2o. de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, para quedar como sigue:

Decreto

Primero. Se reforma el artículo 1 fracción I de la Ley del Impuesto sobre la Renta, para quedar como sigue:

Artículo 1. Las personas físicas y las morales están obligadas al pago del impuesto sobre la renta en los siguientes casos:

I. Las residentes en México, respecto de todos sus ingresos, cualquiera que sea la ubicación de la fuente de riqueza de donde procedan, y en el caso de la región fronteriza del norte de México, señalada en el artículo 2o. de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, estarán obligadas al pago del impuesto sobre la renta del 20%.

II. Los residentes ...

III. Los residentes ...

Segundo. Se adiciona el artículo 2o. a la Ley del Impuesto al Valor Agregado, para quedar como sigue:

Artículo 2o. El pago del impuesto al valor agregado establecido en esta Ley será del 8% en la región fronteriza del norte de México, que comprende a los Estados de Baja California, Baja California Sur, y la región parcial de Sonora, comprendida en los siguientes límites: al norte, la línea divisoria internacional desde el cauce actual del Río Colorado hasta el punto situado en esa línea a 10 kilómetros al oeste de Sonoíta, de ese punto, una línea recta hasta llegar a la costa a un punto situado a 10 kilómetros al este de Puerto Peñasco; de allí, siguiendo el cauce de ese río, hacia el norte hasta encontrar la línea divisoria internacional.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, a 4 de septiembre de 2018.

Diputados: Armando Reyes Ledesma (rúbrica), Ana Ruth García Grande, Alfredo Porras Domínguez, Hildelisa González Morales, Ana Gabriela Guevara Espinoza.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal d

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